EL CONCUBINATO

El concubinato, según el tratadista Rafael de Pina (Diccionario de Derecho) es la “Unión de un hombre y una mujer, no ligados por vínculo matrimonial a ninguna otra persona, realizada voluntariamente, sin formalización legal para cumplir los fines atribuidos al matrimonio en la sociedad. Matrimonio de hecho.

Condiciones para determinar la existencia de concubinato:

• Que ambos concubinos permanezcan libres de matrimonio y no tengan impedimento dirimente para celebrarlo, concretamente, que no exista entre ellos parentesco no dispensado.

• Que el hombre y la mujer se den el trato de casados, lo cual significa que debe haber cohabitación para darse ese trato íntimo.

• Que ambos tengan la fama de casados, es decir, que haya un trato social y notorio de marido y mujer.

• Que se dé una condición de permanencia. Se requiere que la unión sea estable y duradera, en donde se demuestre el ánimo o intención de mantener vida conyugal (el tiempo varía según la legislación).

• Que se dé una condición de singularidad. Este requisito supone la fidelidad, sólo debe existir una relación de concubinato para que se produzcan consecuencias jurídicas.

EL CONCUBINATO Y LA DECLARACIÓN JUDICIAL.

En un juicio para determinar la existencia de concubinato deberá determinarse, entre otros aspectos derivados de la litis fijada, lo siguiente:

• La fecha de inicio y de cesación de la unión.

• Los bienes adquiridos por los convivientes y los frutos de éstos, que deberán establecerse de acuerdo con el régimen de participación en las ganancias.

• La filiación de los hijos procreados durante ella, que no hubiere sido previamente establecida.

• A quién de los padres, en su caso, corresponderá el cuidado personal de los hijos sujetos a autoridad parental habidos dentro de ella, el régimen de visitas, comunicaciones y estadía de los mismos, para que el padre o madre que no viva con ellos se relacione con sus hijos; y el monto de la pensión alimentaria con que el otro deberá contribuir.

• A quién corresponderá el uso de la vivienda y menaje familiar.

Existen algunos aspectos jurídicos sobre el destino de los bienes y pensiones entre los concubinos, pero cada Estado y legislación contienen algunas diferencias, que deben estudiarse, antes de una conclusión del tema.

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